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Título e inscripción de embarcación

En el estado de Carolina del Sur, la ley exige que todas las embarcaciones a motor y las motos acuáticas, los veleros y los motores fuera de borda de cinco caballos de potencia o más tengan un título de propiedad. Todas las embarcaciones que utilizan propulsión mecanizada también deben estar registradas.  Por ley, debemos tener su solicitud de inscripción completada y todos los otros documentos requeridos, que pueden variar según la situación de compra o venta, para llevar a cabo la inscripción y registro de su embarcación o motor fuera de borda. 


Si usted está vendiendo una embarcación o un motor en Carolina del Sur:

Debe ser el titular. Si usted no figura como propietario con título, debe completar el proceso de solicitud con SCDNR antes de la venta.


Si ha comprado una embarcación que nunca ha tenido un título ni se ha inscrito en Carolina del Sur:

  • Presente un recibo del pago del impuesto a la propiedad a su nombre o un aviso de su condado de que no se deben impuestos junto con su aplicación y otra documentación respaldatoria. 
  • Puede utilizar su embarcación durante un máximo de 60 días a partir de la fecha de venta con una copia de su factura de venta y un certificado de número temporal. 

Si ha comprado una embarcación fuera del estado o de un concesionario de embarcaciones aprobado por el SCDNR:

  • Los impuestos sobre bienes se calcularán en su condado después de que se haya generado el título o de que se haya hecho la inscripción en el SCDNR. 
  • Puede utilizar su embarcación durante un máximo de 60 días a partir de la fecha de venta con una copia de su factura de venta y un certificado de número temporal.  
  • Si tiene preguntas acerca del título y de la inscripción de embarcaciones, visite nuestro sitio web o comuníquese con SCDNR al 803-734-4367. 
  • Si tiene preguntas acerca de sus impuestos sobre bienes, comuníquese con la oficina tributaria de su condado. 

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